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23/08/2023Las empresas inscritas en el Registro de huella de carbono van a crecer este año, dada la obligatoriedad establecida, según el tamaño y facturación de cada compañía, a raíz de la Ley 7/2021.
Durante el mes de julio pasado tuvo lugar -en el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos Madrid- la “Jornada sobre Huella de Carbono en la Carretera”, auspiciada por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana e impulsada por la Dirección General de Carreteras (DGC). Con el compromiso de descarbonización como leitmotiv, abordando el impacto ambiental dentro de un activo público como son las carreteras.
Juan Pedro Fernández Palomino, Director general de Carreteras, intervino incidiendo en la necesidad de analizar el impacto en las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI), que están generando el cambio climático. Habló del proceso de registro, incidiendo en que no se trata “solo de registrar” esas emisiones, sino de “qué se va a hacer para mitigar esa huella” a posteriori.
El Registro de huella de carbono, al que se puede acceder aquí, en la página del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, es de carácter voluntario. Que las empresas calculen, reduzcan y compensen las emisiones que genera su actividad es un camino que, tarde o temprano, todas deberán emprender. No solo las empresas: las administraciones y organizaciones están incluidas.
Hasta ahora este registro había sido voluntario y, como contrapartida, se obtenían ciertas ventajas. La Ley 7/2021, de 20 de mayo, de Cambio Climático y Transición Energética, sin embargo, obliga ya a las empresas a reducir su huella de CO2 a partir de este año, 2023; concretamente a aquellas que tienen más de 50 trabajadores, o facturan anualmente más de 10 millones de euros. También es obligatorio para las empresas que operan de forma parcial o total en Baleares.
¿Qué tipos de emisiones existen?
Todo esto parte de la Legislación Europea sobre el Clima, que ha planteado como objetivo climático de la Unión Europea reducir sus emisiones de CO2 al menos un 55 % de aquí a 2030. La finalidad es ser “climáticamente neutros” en 2050. La certificación de la huella de carbono que cada empresa deja -puede ser calculada, compensada o reducida- la emiten entidades certificadoras designadas por el Ministerio de Industria y Energía.
El cálculo se realiza multiplicando el dato de consumo de energía por actividad con su correspondiente factor de emisión. Las emisiones GEI, así, pueden ser directas (consumo de combustible en vehículos, en las grúas de auxilio, en nuestro caso), indirectas (compras) o relacionadas con otras actividades (subcontratas, viajes profesionales…).
Después del cálculo se procede a diseñar un plan de compensación de esta huella de carbono que pueda contribuir al consumo de energía de la propia compañía. En este sentido, gestos tan pequeños como el empleo de iluminación eficiente o la promoción del teletrabajo pueden suponer un impacto positivo inverso.